El Real Consulado de Mar y Tierra (Retales de la Historia . 276)

 
Por Luis Cola Benítez  (Publicado en La Opinión el 7 de agosto de 2016).
 
 
Este Retal de la Historia (que hace el número 276) y el siguiente estaban ya preparados por don Luis Cola Benítez para enviar al periódico cuando se produzco su fallecimiento. Su familia autorizó su publicación y fue la Tertulia Amigos  del 25 de Julio la que, cumpliendo con los deseos de su Tertuliano Fundador, hizo llegar a La Opinión estos sus dos póstumos trabajos. 
 
 
          En algún otro Retal se ha hecho mención al Real Consulado de Mar y Tierra, institución de origen medieval de la que por primera vez en nuestro país se tiene noticia en el reino de Aragón, concretamente en Valencia hacia 1283, por iniciativa de Pedro III. Ya existía en Pisa, Constantinopla, Mesina, Chipre, Venecia, Génova y otros puertos mediterráneos, y su cometido respondía al de un tribunal mercantil que se suponía con jurisdicción para intervenir y mediar en los pleitos entre comerciantes. En 1785 se creó el de Caracas y un año después el Cabildo de Tenerife solicitaba establecer el “correspondiente a estas Islas en esta Capital y Ciudad de La Laguna”.
 
          Pero según la Real Cédula de su creación de 1786, la jurisdicción del nuevo organismo no se limitaba a la población de su sede sino que era “comprehensivo de la Ciudad de San Cristoval de La Laguna de Tenerife, su Puerto y demás Islas Canarias y Pueblos de su Obispado”. Se especificaban los cargos de prior, dos cónsules y cuatro conciliarios -representantes de Hacienda, Comerciantes, Navieros y Mercaderes- secretario escribano, contador, tesorero, juez de Alzadas, un asesor, dos porteros y un guarda almacén. Todos debían residir en La Laguna -se dice- “a excepción del guarda almacén que ha de residir en el Puerto de la Ciudad”. De la R. C. expedida por S. M. hay un ejemplar impreso por Miguel Ángel Bazzanti, impresor de la Real Sociedad.
 
          No dejaba de ser un problema el hecho de que el Real Consulado residiese tierra adentro a nueve leguas del lugar en el que se suscitaban o se producían la casi totalidad de los asuntos que requerían su intervención, es decir, en el puerto de Santa Cruz. Esta debió ser la razón de que el mismo año 1787 y siendo alcalde Juan Bautista Devigneau Casalon, una R. O. autorizara a los alcaldes pedáneos que pudiesen “suplir, conocer, resolver y determinar” de las causas del Consulado de Mar hasta la misma cantidad que estaban autorizados en los otros asuntos.
 
          El Consulado comenzó ocupándose de temas de aparentemente no mucha importancia, tales como los precios de algunos abastos o del arancel de acarretos de corsas y burros y de peones o braceros que trabajaban en playas, almacenes y bodegas, asuntos  en  los  que  hasta  entonces  había  entendido  el  ayuntamiento.  En  una  junta celebrada en enero de 1803, “Don Josef de Monteverde y otros matriculados vecinos de Santa Cruz”, propusieron que se tratase de la conveniencia de establecer en dicho puerto “la cátedra de Náutica o Pilotaje”, que debía dotar el Consulado, “pero el prior difirió para otra junta el tratar de ello”, según el cronista Juan Primo de la Guerra.
 
          Esta actitud de demorar asuntos de interés para el puerto llevó a que en la alcaldía de Víctor Tomás Monjuy, en 1807, se acordara designar una comisión para representar al Ministerio de Hacienda solicitando la gracia de mudar a la Villa y Puerto el tribunal del Real Consulado. Transcurridos cuatro años el personero Alexo de Ara proponía, entre otras cosas, pedir una asignación de los propios de la Isla para atender gastos de la epidemia sufrida y establecer enseñanza pública “de que vergonzosamente carecemos”, que se trasladase a Santa Cruz el Real Consulado, instalándose al mismo tiempo la Escuela de Náutica. En realidad, según informó en 1819 el síndico personero José Murphy, existía una Real Resolución sobre el traslado a Santa Cruz del  Consulado, solicitado hacía más de treinta años, por lo que la petición venía a ser “una reiteración de lo decretado por el Soberano en el año mil setecientos noventa y quatro, pero que ni se executó, ni aún se publicó”. El Ayuntamiento no podía hacer otra cosa que ofrecer al Real Consulado sus salas y dependencias y protestar por la actitud de La laguna, por otra parte lógica, que trataba de retrasar el traslado. Las tiranteces venían produciéndose desde tiempo atrás, mostrándose el Ayuntamiento del puerto celoso de sus competencias y jurisdicción. Así, cuando el Consulado le pidió desde La Laguna que interviniera en la quiebra de un comerciante local, el alcalde Pedro de Mendizábal contestó que no le correspondía tal cometido y que “el alcalde Real de Santa Cruz no es subalterno del Tribunal del Consulado para ordenarle por conducto de su escribano que ponga en práctica las providencias”
 
          El 15 de junio de 1819, en cumplimiento de R. O., el comisionado regio Antonio López Letona, amparado por el mariscal de campo Joaquín O’Reilly y tropa bajo su mando, trasladó el Consulado a Santa Cruz donde, presidido por el prior José Crosa, celebró su primera sesión el día 22. Se opuso La Laguna, cuyo Cabildo que, como señala Francisco Mª de León “aún se titulaba general de la isla” sin serlo, logró una nueva R.O. de fecha 24 de octubre, por la que el Consulado debía volver a La Laguna. El 17 de noviembre “se cargaron en camellos los muebles y papeles del R. Consulado”, contraviniendo las Reales Órdenes de 30 de abril de 1794 y 26 de marzo de 1819.
 
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