Don Antonio Gutiérrez, Presidente de la Real Audiencia

 Primer Premio de Periodismo en la  II edición (año 2001) del Premio General Gutiérrez convocado por el  Centro de Historia y Cultura Militar de Canarias).

 Por Pedro Ontoria Oquillas

 


          En este epígrafe recogemos varios documentos, que hemos podido espigar, del período del General Gutiérrez al mando de la Real Audiencia de Canarias. D. Antonio Gutiérrez en cuanto Comandante General de Canarias era presidente nato de su Real Audiencia, cuya creación se remonta a 1527 por Carlos V en Gran Canaria, habiendo sido don Luis de la Cueva y Benavides, señor de Bedmar, primer Capitán General y presidente de la Real Audiencia de las islas. La Real Cédula de erección y las instrucciones para su régimen con arreglo a las chancillerias eran de 5 de julio del citado año 1527. “Entendemos hacer nuestra audiencia cada día para oír a los agraviados que ante nos vinieren de esas islas para les hacer justicia”. (Nota 1).

          La faceta de Gutiérrez al frente de la Real Audiencia es un tema desconocido y, por otra parte, interesante de investigar, como se deduce de estos escasos documentos que transcribimos, cuya finalidad es servir de acicate a los estudiosos del tema. La historiografía completa de la Real Audiencia de Canarias está esperando la pluma de algún historiador experto en las instituciones canarias. No obstante, en el aspecto jurídico han sobresalido eminentes personalidades que han abordado buen número de problemas institucionales, como José Peraza de Ayala, Leopoldo de la Rosa Olivera, Antonio Pérez Voituriez, Marcos Guimerá Peraza, Coriolano Guimerá López y otros.

          En la Historia de Canarias de Viera y Clavijo aparecen múltiples referencias puntuales a la Real Audiencia y Alejandro Cioranescu dedicará un amplio apéndice al tema de la justicia en su monumental Historia de Santa Cruz de Tenerife. Sin embargo, debemos reseñar como obra sistematizada las Noticias histórico-legales de la Real Audiencia de Canarias desde la conquista de aquellas islas hasta el año de 1755 de José María Zuaznávar Francia, Fiscal de la Audiencia de Canarias en tiempos de Don Antonio Gutiérrez. (Nota 2).

          El 9 de enero de 1791 se expedía en Madrid el Real Título de Presidente de la Audiencia de las Yslas de Canaria a favor del Mariscal de Campo Dn. Antonio Gutiérrez Comandante General de dichas Yslas cuya copia de lo que se expresa en el Real Título es del tenor siguiente:

                    "Y asi mismo mando que para vuestro acompañamiento, y guarda de vuestra Persona tengais y pro veais doze Alabarderos, que con sus Alabardas os acompaien y asistan en vuestra Casa quando residiereis en la Ysla de Canaria, y haviendo de salir de ella, han de quedar quatro de los doze para asistir a la Audiencia, a la execución de vuestros mandatos, los quales pode is ocupar, nombrar y nombre is por Alguaciles  jecutor s de la que por vos rolo en casos que podais conocer con Asesor se determinare y huviere de  jecutor, y asimismo para execución de lo que por mi Audiencia fuere acordado, y determinado teniendo consideración a la calidad de los negocios y sus personas. – Y cada uno de los Alabarderos haya y lleve quatro Ducados de sueldo y acostamiento cada mes, y el Cabo tenga dos Ducados de ventaja de manera que el salario de los dore con su Cabo sean cincuenta Ducados al mes que montan diez y ocho mil setecientos y cincuenta maravedis, por los tercios del año, lo qual hayan y cobren demás del salario que ,1tuvieren de llevar por los negocios en que se ocuparen por vuestra Comisión, o la de mi Audiencia por la execución de mi Justicia." (Firmado.)
                                                                                                                                                                                                                                                                         Gutiérrez (Nota 3)

          Desconocemos el paradero del Real Título original que recibió el 17 de enero de 1791 don Antonio Gutiérrez en la ciudad de Cádiz, de cuyo puerto saldría el recién nombrado Comandante General rumbo a Canarias. En correspondencia del día 18 de enero Gutiérrez comunicará al señor Conde del Campo de Alange, don Manuel José Hilario de Negrete, “en el correo de ayer recibí el Real Título de Presidente de la Audiencia de Canarias despachado por la Cámara, a consecuencia de lo qual me embarco hoy en la Fragata de S.M. la Juno nombrada para conducirme a mi destino.” Y el día 21 le decía: “Suspendida la salida de esta Bahía de la Fragata de SM la Juno por los tiempos contrarios, me parece comunicar esta noticia a VE. y la de que estamos prontos a dar la vela para Canarias al primer viento favorable.” (Nota 4).

          La fragata de guerra de S.M. la Juno tenía 40 cañones y en ella se embarcaría el mariscal de campo don Antonio Gutiérrez la noche del 1° de noviembre en Mallorca para su nuevo destino de las Islas Canarias.

          Son varias las cartas conocidas del ilustre polígrafo Viera y Clavijo dirigidas al Comandante General de Canarias, don Antonio Gutiérrez (Nota 5). En este capítulo damos a conocer por primera vez el texto íntegro de algunas más debido al contenido específico del tema. Las dos siguientes presuponen otras no localizadas del General Gutiérrez que, tal vez se hallen en algún archivo de Las Palmas de Gran Canaria, El 9 de febrero de 1793, don Antonio Gutiérrez, Teniente General de los Reales Ejércitos, comunicaba a Viera y Clavijo el nombramiento de Comisario Revisor Real y le pedía que hiciera la revisión de libros y papeles que entrasen en Las Palmas por su aduana. Viera le contestaba agradecido el 15 del mismo mes con la siguiente expresiva carta:

                    Al Exmo. Sor. Dn. Antonio Gutiérrez, Teniente General de los Reales Exercitos, Comandante General de estas Yslas etc.

                                                          Exmo. Sor.

                    Muy Sor. mío: Quedo inteligenciado de la Real Orden que V. E. se sirve comunicarme con fecha de 9 del corriente mes de Febrero, sobre el método que quiere Su Magestad se observe en la revisión de libros y papeles, que lleguen a las Aduanas y Puertos de estos Reynos y al mismo tiempo, sumamente reconocido a las honras que V E. me dispensa en fuerza de sus superiores facultades, nombrándome para el encargo de Revisor Real, y Comisario en esta Ysla, que procuraré desempeñar con todo el zelo, y exactitud de que yo sea capaz y que corresponde a tan distinguida confianza.

                    Dios guarde a VE. muchos años. Ciudad Real de las Palmas de Canaria, 15 de Febrero de 1793 (Nota 6).

 


          El 1 de noviembre de 1793 comunica a Viera y Clavijo normas por las que debe regirse como Comisario Revisor Real y el 11 del mismo mes Viera le escribiría que procurará ejecutar la orden que ha recibido “acerca de impedir, sin ocasionar ruido ni publicidad, la introducción de la consabida obra política, salida á luz en Francia, y de recoger con la misma prudencia los ejemplares que encontrare ya introducidos” como consta en el siguiente documento trascripto:

                                                      Exmo. Sor.

                    Por la de V E. de 1 del corriente, y la Orden superior que se sirve comunicarme, quedo inteligenciado, de lo que debo practicar, como Comisario Revisor Real de esta Ysla, acerca de impedir sin ocasionar ruido, ni publicidad, la introducción de la consabida obra política, salida á luz en Francia, de recoger con la misma prudencia los ejemplares que encontráre ya introducidos; cuyo encargo procuraré desempeñar con todo el zelo y puntualidad de que yo sea capaz, y que corresponde a tan distinguida confianza.
Dios guarde a V E. muchos años. Ciudad Real de las Palmas de Canaria, 11 de Noviembre de 1793. (Nota 7).

          Rumeu Palazuelos comentará la irónica situación del censor Viera quien estuvo años y años leyendo libros prohibidos, ha de perseguirlos ahora (Nota 8). Por otra parte, no podemos concretar “la consabida obra política, salida a la luz en Francia”, pues fueron muchas las obras que prohibió la censura y la dinámica política y cultural inicial de la dinastía de los Borbones que sufrió un cambio negativo con motivo de Ja Revolución Francesa. “Mientras el gobierno evitaba que la prensa propalase ideas perjudiciales, la Inquisición se afanaba por eliminar aquellas que habían logrado entrar en el país. (Nota 9). Como curiosidad citemos alguno de los libros perseguidos: Derechos y deberes del hombre de Mably, opúsculo que calcaba el título de Puffendorf, Des Droits de l’Homme et du Citoyen, fue condenado sólo pocos meses después de su aparición (se editó en diciembre de 1789), a causa de sus doctrinas sediciosas proclives a la insurrección contra los poderes establecidos. La excepcional rapidez de esta condena es evidentemente una consecuencia de los acontecimientos de Francia. (Nota 10). Entre los libros explícitamente prohibidos en el Indice último (Nota 11) podemos mencionar: Histoire de l ‘Empereur Charles; Histoire de Charles XII, de Voltaire; Siécle politique de Luois XIV, de Francheville; Oeuvres, de Gesner, Annales d’Espagne et de Portugal, de Jean Álvarez de Colmenar.

 
          Las dos cartas siguientes de D. Antonio Gutiérrez, una dirigida al Príncipe de la Paz y otra al Ministro de la Guerra, don Juan Manuel Álvarez, reflejan el ambiente caldeado y de tirantez del general Gutiérrez con el Auditor de Guerra, don Vicente María Patiño, de carácter altivo y propenso a hacer notar su autoridad. El Comandante General de las Islas Canarias y Presidente de la Real Audiencia mantenía con Vicente María Patiño Auditor de Guerra de las Islas, un contencioso que le llevó a escribir a Godoy, quejándose de su comportamiento en un momento tan crítico y difícil para la isla, en el que me hallo, dice “como ahora, continuamente angustiado y embarazado con el genio y extraordinarios procedimientos de este Auditor de Guerra”. En su recurso achaca a Patiño su “altivez y arrebatamiento”, sus “juveniles juegos”, su “genio dominante y precipitado” que le hace “enardecerse. gritar y propasarse" Posiblemente, en la postura del Auditor de Guerra se esconda la corriente “golilla” de la época de querer suplantar la influencia de los militares en la organización y orientación de la sociedad. Gutiérrez demuestra una vez más en su senectud, energía y prudencia, cualidades que algunos escritores ingleses traducirán en tímido y hasta cobarde (Nota 12).

                                                  Exmo. Sor.

                    Haviendo el Auditor de Guerra de estas Yslas Dn. Vicente María Patiño, a continuación de un pedimento presentado a nombre de Dn. Roberto Willls capitan de la Fragata Americana el Correo de Virginia, que fue apresada por el Corsario de la República Francesa el Buonaparte. extendido un Decreto que me pareció enteramente opuesto a las Reales Ordenes mandadas observar en los asuntos de la naturaleza del que se trata, y capaz de producir justas quejas de parte de aquella República nuestra Aliada: me vi precisado a tratar aquel Decreto de Dictamen, y substituirle otro, en los términos que consta del adjunto Testimonio, que con el pedimento los comprende ambos.

                    Al paso que el antecedente exemplar y la adjunta Copia de lo que con esta fecha expongo a S.M. por la via reservada de Guerra manifestarán a VE. las razones que asisten para separarme a veces de los Dictamenes del Auditor, estoy persuadido y espero que también servirán para que V.E. como tan notoriamente amante de lo justo y conveniente, tenga la bondad de inclinar el Piadoso animo del Rey a que se digne dar la providencia que fuere necesaria y de su Real agrado para que en las críticas circunstancias del día no me halle yo como ahora, continuamente angustiado y embarazado con el genio y extraordinarios procedimientos de este Auditor de Guerra, en conocido atraso y perjuicio del Servicio de S.M. y de la recta administración de Justicia.

                    Dios guarde a VE, muchos años.
                    Santa Cruz de Tenerfe 19 de Julio de 1797.
                    Exmo. Señor
                    Dn. Antonio Gutiérrez (Rubricado).

            Exmo. Sor. Príncipe de la Paz. (Nota 13)

          En el documento dirigido al Ministro de la Guerra aparecen varias referencias a expedientes, oficios y escritos que no hemos podido localizar.

                                             Excmo. Señor:

                    La pretensión de Dn. Vicente María Patiño Auditor de Guerra de este Ejército e Yslas de mi cargo, en orden a variar la forma y método con que se ha ejercido la Jurisdicción en el Tribunal de la Comandancia General, ó Auditoría de Guerra, desde que hay noticia de su establecimiento en estas Yslas, me obligó a solicitar por medio de V.E. una resolución del Soberano que sirviese de regla para lo sucesivo: habiendo dispuesto antes, que entretanto S.M. no mandaba lo contrario, continuasen las cosas en el ser y estado que hasta entonces; como todo consta, del expediente que tuve el honor de dirigir a VE. con fecha de 8 de Abril pasado y de que es Copia el adjunto número 1°.

                   Aunque desde luego se manifestó inconforme con mi determinación, según acredita su oficio numero 2, a que contesté en la sencilla forma que denota el numero 4, desentendiéndome de lo acre de algunas expresiones del suyo; y aunque a pesar de lo que previne, no trataba de seguir desempeñando sus funciones, con el método que sus antecesores: con todo, había yo resuelto esperar la Soberana resolución, deseoso en algún modo de que le resultase favorable; por que a la verdad nunca he sido Zeloso de autoridad y mucho menos quando trae consigo tan estrecha responsabilidad.

                    Los mismos Oficios suyos, que con mis respuestas acompañan esta representación, acreditan en parte su altivez, su tenaz insistencia en un asunto, cuya decisión debía esperar de la Corte, y la moderación con que he sufrido sus juveniles fuegos; así como, las dos Sumarias que en esta ocasión remito al Supremo Consejo de la Guerra, la una formada contra el Teniente de Milicias Dn. Antonio Salazar, y la otra ya elevada a Proceso contra el Soldado del Batallón de Ynfanteria de Canarias Pedro Hernández, con el expediente que resulta de un auto que puso contra el Contador y el Tesorero de la Real Hacienda: creo que acreditan también, el justo motivo que tengo para examinar sus dictámenes, para separarme a veces de sus opiniones, y para no poder esperar con el silencio que me había propuesto la decisión de S.M.

                    Su genio dominante y precipitado, ni aun por ahora le ha permitido encubrir sus ideas. Manifestando desde luego la de planificar aquí baxo el nombre de Tribunal suyo, una nueva autoridad que seria muy superior a la del Comandante General, y de continuo embarazo para el exercicio de las funciones de este en los ramos de Real Hacienda, Ynspeccion, y demás, que independientemente de la jurisdicción Militar tiene a su cargo; ha chocado ya con la mayor parte de los Xefes Directores de los distintos ramos de la Real Hacienda y Oficinas, con el Cónsul de nuestra aliada la República Francesa, con el Gobernador del Obispado, y en grande manera con el Tribunal de la Real Audiencia, comprometiéndome en los asuntos con una especie de violencia, ínterin llegó el caso de resolverme a no autorizar sus providencias, quando se desbiaban de lo que me parecía arreglado.

                    Entusiasmado con la idea de su nueva Auditoría y de las funciones y facultades exclusivas de que la reviste, hasta los sobrescritos de los oficios que me dirige traen la expression al pie “De Oficio de esta Auditoria de Guerra de Exercito” como si aquel fuese un tribunal separado, en que yo no tubiese parte alguna: lo que expongo, no porque jamás me haya parado en semejantes pequeñeces, si no es para hacer ver sus extraordinarios procederes y conceptos; por medio de aquellos, procurar mas bien caracterizarse de Superior o de Juez de residencia mío, que de Asesor o de Auditor de mi Tribunal, según se colige con evidencia de que no repara en decirme a mi mismo en su oficio numero 12 que el Sor. Conde del Campo de Alange le encargó cuidase de arreglar lo perteneciente al ramo de Justicia en este Tribunal de Guerra, como que el solo daba mas que hacer en la Corte que todos los de la Península: siendo así que tengo la satisfacción de poder apelar a los informes del propio Consejo Superior de la Guerra, sobre los pocos recursos con que aquella Superioridad ha sido molestada de resultas de mi mando en este, y en los demás destinos, en que por un efecto de la Piedad del Rey lo he ejercido, durante una larga serie de años; y luego en virtud de lo que yo mandé y resulta de mi contestación numero 4 pide al Escribano en su oficio numero 16 los Testimonios y Certificados que constan de la lista numero l7 y de que creo no usaría más: por que, permítame V.E. decir, que no podrían menos de convertirse en Testimonios y en Certificación de su propia ligereza y de su mal modo de pensar.

                    Lejos de concurrir al Despacho para acordar conmigo las providencias, para después firmarlas ambos, como lo han executado todos sus antecesores respectivamente con los Generales, y como necesariamente lo exige la combinación de circunstancias locales que concurren en el Gobierno de estas Yslas, lejos de esto, me las envía ya extendidas, y aunque a veces noto en ellas conceptos equivocados y algunas expresiones enteramente opuestas a conciliar los loables fines que en la administración de Justicia se propone toda legislación tan sabia como la nuestra, expresiones por si capaces de enardecer los ánimos, de disgustar y promover competencias con los demás Tribunales y de fomentar un disgusto general: me hallo reducido a la fatal alternativa de firmar, o de dirigir el expediente a la Corte, por frívolo que sea el asunto principal y por grave que sea el perjuicio que pueda irrogarse u las Partes, o a los Reos, porque no puedo esperar que varíe una sola palabra, respecto a que tiene prevenido al Escribano de Guerra que por ningún pretexto le devuelva auto ni Decreto que yo dificulte firmar, por que nunca reformaría los que una vez llega a dictar; y aunque para el efecto de informarme, o de aclarar algún asunto de los que dice ser de su inspeccion ofrece en su oficio numero 10 venir a mi Casa, quando yo lo mandase llamar, nada se adelantaría con esto, porque su altivez y arrebatamiento no le permiten guardar la debida consideración al empleo que S.M. se ha dignado conferirme, y por tanto, constante en sus principios, se enardece, grita, y propasa, en disposición de precipitar a uno que no hubiese enardecido y aprendido moderación, en el servicio de su Rey y de su Patria. Los arduos y extraordinarios succesos que ocurren con motivo de las circunstancias del día, exigen según los casos, resoluciones prontas, prudentes, y vigorosas, para que ni padezca atraso el Servicio del Rey, ni se aventure infundir un disgusto general entre estos Ysleños que nunca podría producir favorables consecuencias, y como los procedimientos de/Auditor, a cada paso dificultan los mios, dirigidos solo a conciliar aquellos objetos, conozco que, atenta la urgencia y el preciso retardo que por la interrupción de correspondencia se sigue de esperar las Ordenes de la Corte, con consideracion a las facultades en tales casos anexas al mando ultramarino, y al Dictamen unánime de varias personas sensatas e inteligentes, debería yo tomar por mi mismo una resolución interina en el asunto, entretanto que llega la decisiva de SM., pero muy al contrario, lejos de resolver por mi mismo, estoy resuelto a no usar de otros arbitrios contra su orgullo y sus caprichos que oponerles la prudencia y la moderación, de que siempre he hecho alarde; a no ser que algunos inesperados incidentes, con sacrificio de mi genio y caracter, me compelan a valerme por fin de otros medios menos suaves, aunque nunca violentos.

                    Quando V.E. tuviese a bien enterar a S. M. de lo que llevo expuesto, para que se digne resolver sobre los distintos particulares que comprende mi representación lo que tuviese por mas conveniente a su servicio, espero me haga V.E. el honor de asegurarle al mismo tiempo, que mi único anhelo consiste en lograr desempeñar mis obligaciones de forma, que por seguir un concepto ageno, no me exponga a perder el que por mi mismo haya podido adquirir al cabo de tantos años empleados en el Servicio de S. M en el qual deseo concluir mis días con y concepto. Dios guarde a VE. muchos años. Santa Cruz de Tenerife 19 de Julio de ¡797 = Exmo. Sor. Dn. Antonio Gutiérrez = Exmo. Sor. Dn. Juan Manuel Álvarez.
                                                   Gutiérrez (Rubricado)    (Nota 14)

          La siguiente carta dirigida a Viera y Clavijo por el general Gutiérrez hace referencia a la confección del padrón del año 1797. El primer padrón municipal de Santa Cruz es de 1786, que reproduce Cioranescu en el volumen segundo (pp. 527-28) de su obra Historia de Santa Cruz de Tenerife. En el Primer quaderno del Padrón de feligreses de la Parroquia Matriz de Santa Cruz se enumera la servidumbre del Comandante General: Juan Calveras, mayordomo, con su esposa e hijos Catalina de Frontera, Nicolás, Juan y Tomasa; criados: Antonia Ramos, José Busaire con su esposa Antonia Catalá y sus hijos Francisco, José y Diego; Antonio Felipe, Andrés Chávez, Bernardo Mesa y Juan Toledo. Amanuense: Matías de Diego.

                    Muy Sr. mio: El Exmo. Sr. Príncipe de la Paz en Real Orden de 28 de Agosto ultimo, que he recivido por correo que arrivó a este Puerto el mes de Octubre anterior, me dice haver resuelto el Rey que en cada Provincia de las del Reyno se forme una Relación del número de almas que haya en ellas con inclusión de clases; y que por lo que respecta á la del estado eclesiástico se había despachado al Ylmo. Sor. Obispo de esta diócesis el aviso de que es copia la adjunta que incluyo a Us. para que como Gobernador del obispado se sirva dirigir sus circulares a los Párrocos y demás que convenga de su jurisdicción, a fin de que presten sus auxilios a los Corregidores, Alcaldes mayores y demás sujetos que comisiono para esta operación con lo que contribuir.
Dios guarde a Vuestra merced muchos años.
Santa Cruz 28 de Noviembre de 1797.
B. L. M de T. S. su mas seguro servidor.
=Dn. Antonio Gutiérrez = Sr. Dn. Josef Viera Clavijo (Nota 15).

          Viera y Clavijo le respondía sin demora a Gutiérrez demostrando el interés y prestancia que había puesto para la elaboración del padrón de 1797.

                    Muy Sor, mio: En cumplimiento a la Real orden de 28 de Agosto último, comunicada al Ylmo. Sor. Obispo por el Excmo. Sor. Príncipe de la Paz, de que V.E. se sirve remitirme copia, tengo expedida la correspondiente Carta exhortatoria al Clero de esta Diócesis, de cuyo acreditado zelo al Real... y ... todo el auxilio de que sus individuos sean capaces para la exactitud de las noticias sobre el aumento, ó disminución de la población de nuestras Yslas en estos últimos diez años.
Nuestro Sor. guarde a V.E muchos años, Canaria 11 de Diciembre de 1797
                          Excmo. Sor.
                          B.L.M de V. E.
                         Su mejor servidor y atento Capellán
                          C. Jph. de Viera y Clavo. (Rubricado).
Excmo. Sor. Dn. Antonio Gutiérrez. (Nota 16)

         El 8 de mayo de 1798 José María de Zuaznávar enviaba un informe, elaborado el 3 de abril, sobre la cuota de los juicios verbales y de las aportaciones a los Cabildos y Ayuntamientos, cuyo acuse de recibo es la carta de don Antonio Gutiérrez.

          Don José María de Zuaznávar y Francia nació en San Sebastián en 1764 y fue nombrado para la Fiscalía de la Audiencia de Canarias por resolución del monarca Carlos IV el 14 de diciembre de 1791, posesionándose del cargo en 1792. Permanece en la Fiscalía de Canarias hasta que en 28 de junio de 1803 es jubilado con honores y medio sueldo (Nota 17). Entre las obras que salieron de su pluma hay dos que le acreditan de manera singular: las Noticias histórico-legales de la Real Audiencia de Canarias y el Compendio de la Historia de Canarias. (Nota 18). El Compendio de la Historia de Canarias lo publica para uso en las escuelas, dado el fomento de éstas por la Real Audiencia. En el prólogo nos dirá ser lógico que en las escuelas, además de leer, escribir, contar, creer, orar, obrar y recibir, “se tome una tintura de la historia de la provincia”. Las Noticias histórico-legales de la Real Audiencia de Canarias constituyen un breve opúsculo, en el que se señala la fundación de este importante organismo, junto con su evolución, facultades y características peculiares. En la página 12, nota 4 hace expresa referencia a don Antonio Gutiérrez : “El General Gutiérrez, siendo presidente de la de Canaria, me pasó oficio para que le informara sobre si convendria ampliar en islas los juicios verbales a un interés más crecido y análogo al actual estado de las cosas, extendiendo el informe acerca de la cuota que existe autorizada, y que podría proporcionalmente señalarse para las cosas de apelación a los Cabildos o Ayuntamientos de los pueblos. En mi informe demostré, que no solamente convenía ampliar estos conocimientos, sino también señalar una cantidad mayor para las apelaciones a Sevilla”. Nota relacionada con la siguiente carta:

                    Muy Sor. mio: En contestación a la de V.S. de 8 del corriente, debo decirle, que recibí a su tiempo el informe sobre la quota de los juicios verbales y de las aportaciones a los cabildos ó Ayuntamientos que evacuó V.S. en 3 de Abril anterior, y leo con mucha satisfacción mía.
Deseo servir a V.S. y ruego a Dios le guarde muchos años. Santa Cruz de Santiago 19 de Mayo de 1798 = B. L. M. dde y S su mas seguro servidor = Dn. Antonio Gutiérrez
Sor. Dn. Josef Maria de Zuaznavari (Nota 19).

          Insinuemos la existencia de diversa documentación sobre el ejercicio de la justicia desempeñado por el Comandante General, don Antonio Gutiérrez, dispersa en distintos archivos. En la Real Sociedad Económica de Amigos del País de Tenerife se conservan varios documentos de cómo reguló y llevó a la práctica la legislación vigente referente a la emigración de los canarios a América, acuciante problema que bullía durante su gobierno en la Comandancia General de Canarias (Nota 20). Por otra parte, sabemos que Gutiérrez asumió interinamente el cargo del Juzgado de Indias en 1796 a la muerte de D. Bartolomé de Casabuena y Guerra. (Nota 21).

                                 Excmo. Señor

                    Con fecha 20 de Octubre del año proximo pasado se sirve V.E. participar de Real Orden a Dn. Bartolomé de Casabuena Juez de Arribadas de Yndias que fue en estas Yslas cuya Judicatura se halla asumida en mi persona interinamente, haber Resuelto S.M. que el Excmo. Sor. Dn. Pedro Varela sirva en propiedad la Secretaría de Estado y del Despacho de Hacienda, y que al mismo tiempo se encargue interinamente de la Secretaria de Estado y del Despacho de Marina de que quedo inteligenciado.
Dios guarde a VI muchos años. Santa Cruz de Tenerife Marzo 22 de 1.797.
                                  Excmo. Señor
                                 Dn. Antonio Gutiérrez

 
          Excmo. Sor. Príncipe de la Paz. (Nota 22)

          D. Antonio Gutiérrez fue uno de los pocos comandantes que dieron muestra de moderación en el régimen administrativo de Canarias, aunque tuvo algún que otro pleito con los diputados del común por invasión de su jurisdicción. (Nota 23).

          Finalizamos este capítulo con otra carta del ilustre canario Viera y Clavijo dando cuenta de su término como gobernador de la diócesis de Canaria.

                         Excmo. Sor.

                    Muy Sor. mío: Habiendo fenecido mi encargo del gobierno de la Diócesis con la venida del Prelado, he pasado la carta de V.E. de 8 del corriente con las copias documentales que la acompañaban, al Sor. Provisor, quien me asegura, que en fuerza de las recientes órdenes que tiene repetidas con la mayor energía al cura Beneficiado de Pájara, y de la palabra que este ha dado al Vicario de Fuerteventura, espera que sin mas dilación cumpla con lo que se le tiene mandado, sin que le ponga a cubierto de la pena merecida ningún pretexto de urgentes ocupaciones espirituales.
                  Dios guarde a V.E. muchos años. Ciudad de Canaria, Junio 14 de 1. 798
                 Excmo. Sor.
                  B.L.M de VE
                 su mejor servidor y atento Capellán.
                 D. Jph de Viera y Clavijo. (Rubricado)

          Excmo. Sor. Dn. Antonio Gutiérrez. (Nota 24).

          La relaciones entre Viera y Gutiérrez fueron sinceras y cordiales como lo demuestran las felicitaciones con motivo de la victoria tinerfeña sobre la escuadra inglesa. Aunque la Historia de Canarias no incluya la narración del acontecimiento transcendental de la Gesta del 25 de Julio de 1.797, no puede considerarse una sinfonía incompleta (Nota 25) puesto que para esas fechas la magna obra ya estaba impresa. De aquí que contase de forma solemne el coetáneo episodio bélico en su famosa Oda (Nota 26), correspondiendo a las probables insinuaciones del invicto General.

Notas:

1.- J. VIERA Y CLAVIJO. Noticias de la Historia General de las Islas Canarias. Octava Edición. Enriquecida con las variantes y correcciones del autor. Introducción y notas del Dr. Alejandro Cioranescu. Goya Ediciones, Santa Cruz de Tenerife 1982. 2 vols. Véase t. II, pp. 118-121, 980-984.
2.- P. ONTORIA - L. COLA - D. GARCIA, Fuentes Documentales del 25 de Julio de 1797. Santa Cruz de Tenerife 1997,  pp. 241-242.
3.- Archivo General de Simancas. Legajo 6.468.
4.- P. ONTORIA OQIJILLAS, General Antonio Gutiérrez 1729— 1799. Vencedor de Nelson en Santa Cruz de Tenerife. Santa Cruz de Tenerife 1994, p. 49
5.- Fuentes Documentales, op. cit. pp. 284, 380-381
6.- Cartas familiares escritas por Dn. José Viera y Clavijo Arcediano de Fuerteventura, Historiógrafo de las Yslas Canarias, natural del Realejo de Arriba en Tenerife, á varias personas esclarecidas, por sus dignidades, clase, empleos, literatura ó buen carácter de amistad y virtud. Biblioteca  Municipal de Santa Cruz de Tenerife. Manuscrito 27, Carta 252.
7.- Ibídem, Carta 253.
8.- E. RUMEU PALAZUELOS. Biografía de Viera y Clavijo a través de sus obras. Santa Cruz de Tenerife 1981, p. 93.
9.- R. HERR, España y la Revolución del Siglo XVIII. Madrid 1973, p.168.
10.- M. DEFOURNEAUX, Inquisición y Censura de libros en la España del siglo XVIII. Madrid l973, p. 155.
11.- Índice último de los libros prohibidos y mandados expurgar para todos los reynos y señoríos del católico rey de las Españas, señor Don Carlos IV. Madrid 1790.
12.-  A. CIORANESCU. Historia de Santa Cruz de Tenerife. Santa Cruz de Tenerife 1998 (2’ edición). Véase t. II,  p. 313,  nota 160.
13.- Archivo Histórico Nacional. Estado. Legajo 569.
14 .- Ibídem.
15.- Biblioteca Pública Municipal. Santa Cruz de Tenerife. Fondo Documental Antiguo. Caja 53-4/3, fol. 7.
16.- Carta autógrafa de Viera y Clavijo conservada en la Biblioteca Pública Municipal de Santa Cruz de Tenerife. Fondo Documental Antiguo. Caja 53—4/3, fol. 7.
17.- J. LALINDE ABADÍA, El derecho castellano en Canarias. Anuario de Estudios Atlánticos (A.E.A.), núm. 16 (1970), pp.30-35; X. DE SANTA CRUZ, Las Relaciones de Méritos del historiador José María de Zuaznávar. A.E.A. núm. 16 (1970), pp. 607-627. Vide p. 622, párrafo 5.
18.- Noticias histórico-legales de la Real Audiencia de Canarias desde la conquista de aquellas islas hasta el año 1775 extractadas de las leyes de recopilación y otras obras histórica-jurídicas y colocadas según su orden cronológico. Madrid, Imprenta que fue de Fuentenebro, 1816. Reimpresa en Santa Cruz de Tenerife, Imprenta Isleña, 1864; Compendio de la Historia de Canarias. Madrid. Imprenta que fue de Fuentenebro 1816. Reeditada por parte del Museo Canario, en Las Palmas de Gran Canaria en 1946. Catálogo de los pueblos del distrito de la Real Audiencia de Canarias y noticia de su situación, su calidad y la de sus Justicias, Palmas de Canaria, Imp. RS.: F° P, Marino, 1803.
19.- Biblioteca Pública Municipal. Santa Cruz de Tenerife. Fondo Documental Antiguo. Caja 53-6/7, fol. 7.
20.- Real Sociedad Económica de Amigos del País de Tenerife. La Laguna. Sign. 24/330-334. (Véase. vol. 4: Papeles sueltos).
21.- A. RUMEU DE ARMAS. Piraterías y ataques navales contra las Islas Canarias, Madrid 1947- 1950. Véase t. III,  pp. 652-653.
22.- Archivo Histórico Nacional. Sección Estado. Legajo 569.
23.- A. CIORANESCU. Op. cit., t. I, pp. 289, 290 y 321.
24.- Carta autógrafa de Viera y Clavijo en la Biblioteca Pública Municipal. Santa Cruz de Tenerife. Fondo Documental Antiguo. Caja 53-4/3 fol. 9.
25.-  A. RUMEU DE ARMAS. Op. cit., t. V, pp.920-921.
26.- P. ONTORIA – L. COLA – D. GARCÍA. Op. cit., pp. 284-291. El manuscrito autógrafo de la Oda, de 1797, se conserva en la Real Sociedad Económica de Amigos del País de Tenerife (La Laguna). Véase folleto Cuatro siglos de literatura canaria, editado por el Excmo. Cabildo Insular de Tenerife, Aula de Cultura, sa., p. 6.