Aranda de Duero por la Princesa Isabel

Transcendencia del concilio arandino de 1473

Por Pedro Ontoria Oquillas   (Publicado en El Día / La Prensa el 11 de septiembre de 2004) 
          

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Santa María La Real. Aranda de Duero

           La villa de Aranda de Duero, hermanada con la ciudad de Santa Cruz de Tenerife desde septiembre de 1998 (Nota 1), posee gran fecundidad histórica. En este año de conmemoraciones de la reina de Castilla, Isabel la Católica, quisiera evocar un acontecimiento puntal y transcendental de la vida de la entonces Princesa de Castilla. 

          La situación de los reinos españoles en la segunda mitad del siglo XV era lastimosa; principalmente en Castilla que era el reino peninsular de mayor extensión, población y poderío. En tiempos de su rey Enrique IV llegó poco menos que a la anarquía y desmoralización. Y en todas partes la inquietud social, las intrigas cortesanas, las banderías o facciones de linajudas familias enemigas, el bandolerismo de los campos, las represalias de los nobles contra las villas y el consiguiente desenfreno moral cundían de una manera alarmante. Existía además el peligroso fermento de los falsos conversos, judíos y mahometanos. Los cronistas que escriben después de 1474 conservan un mal recuerdo de los tiempos pasados. El Cura de los Palacios nos pinta sombríamente aquella Castilla, “llena de mucha soberbia, e de mucha herejía, de mucha blasfemia, e avaricia, e rapiña, e de muchas guerras e bandos, e tableros públicos, que andaban por renta, donde muchas veces el nombre de Nuestro Señor Dios e de Nuestra Señora la gloriosa Virgen María eran muchas veces blasfemados e renegados de los malos tahures”. Castilla vive un momento de transición, en que sus fuerzas vivas se despeñan estériles. Su ambiente político-social llega a un punto crítico, a cuya solución se llegará unos años después de la celebración del concilio de Aranda de 1473.

         La monarquía castellana y la nobleza están en continua pugna, lo cual hace que se debilite el poder real. En este tiempo la institución monárquica castellana aparece indiscutiblemente en la conciencia universal de su pueblo y en las exposiciones de sus mejores teorizantes como el régimen político ideal y perfecto, aunque esto no quite para que en momentos determinados se le declare dura guerra. La nobleza era la fuerza dominante y suelta en toda la dimensión del irregular reino castellano; nobleza que no podía vanagloriarse, fuera de raras excepciones, de una antigüedad.  Esta casta nueva castellana es el elemento que causa mayor movilidad a la historia castellana durante el siglo XV. La extensión del hecho solariego o de los señoríos nobiliarios es inmensa y hace que el rey sea juguete de las arremetidas de los nobles. El fenómeno de las banderías castellanas es un hecho de todo este tiempo, pero llega a su punto álgido en el reinado de Enrique IV. Recién subido al trono Enrique IV  ya comienzan a advertirse estos movimientos de parcialidades y confederaciones nobiliarias. Las arremetidas de la nobleza contra la monarquía son frecuentes y desembocan en una guerra civil. Es el testamento de Juan II de Castilla donde se plantea el problema sucesorio y donde se apoyaban los nobles para formar los dos bandos que dio origen a la guerra civil castellana. No sabemos documentalmente que Juan II dudase de la línea que debía seguir la sucesión en el reino. Por el contrario, este punto queda bien sentado en el documento: la sucesión plena recaería en su hijo Enrique. Caso de no dejar descendencia legítima, masculina o femenina, la corona pasaría a Alfonso. Caso de fallecer Enrique y también Alfonso, éste último antes de los catorce años o después, pero sin dejar hijos o hijas legítimas, “en tal caso aya e herede de los dichos mis reynos la dicha Infanta doña Isabel e sus descendientes legítimos".

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Enrique IV de Castilla (Biblioteca de Stuttgart)         

 

Después de pasar por diversas vicisitudes, la nobleza consiguió que Enrique IV no reconociera por legítima heredera a Juana, apodada la Beltraneja, y propusieron para la sucesión de Castilla a favor de Alfonso. El Rey capitula sin resistencia y Alfonso es declarado Príncipe de Asturias. Al morir el príncipe Alfonso el 5 de julio de 1468, en Olmedo, comenzaba la fase crucial del problema de la sucesión con la aparición en el palenque político de la Infanta Isabel de Castilla.

 

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Juana de Castilla, la Beltraneja 

          En la vida religiosa en el decurso del siglo XV podemos encontrar elementos negativos tanto en la jerarquía y clero como en el pueblo llano, aunque no faltan también elementos positivos. De la lectura de los documentos y otros escritos de la época la impresión que se saca acerca de la moralidad del clero alto y bajo es verdaderamente lamentable, mas quizá no tanto como la que otros historiadores de Francia, Alemania e Italia sacaron para su respectivos países en este período. El amancebamiento o barraganía de los clérigos era vicio frecuente, aunque perseguido por decretos de los reyes y cánones de los concilios; pero no puede afirmarse de España lo que de otras naciones repetían insistentemente muchos testigos. Testimonios como el de León de Rozmital son rarísimos. Escribe en sus comentarios este viajero bohemio hacia 1467 que en muchos pueblos de Castilla tropezó con curas que no se preocupaban de la religión y vivían como brutos animales. Conocemos muchos casos de eclesiásticos que en su  juventud tuvieron graves deslices y en  la edad madura se convirtieron a Dios sinceramente, practicaron obras de penitencia y de caridad y acabaron por ser excelentes pastores de almas.

          El año 1472 es de gran trascendencia para el reinado de Castilla. A principios de 1472  se rebeló Aranda de Duero contra la reina Juana, esposa de Enrique IV, que la tenía en dote, y se puso bajo la obediencia de Isabel, a quien sirvió de morada algunas veces durante ese período. Sin embargo, tal vez sea la venida a Castilla del cardenal Rodrigo de Borja, como legado del papa Sixto IV, el acontecimiento político más importante. Aparte el asunto de la cruzada y el enojoso de recaudar fondos para ella a cuenta de las rentas eclesiásticas, venía el legado con facultades muy amplias para la concesión de gracias eclesiásticas de toda clase, y la especial de promulgar, si a su juicio era oportuna, la dispensa oficial del parentesco entre Isabel de Castilla y su primo, Fernando de Aragón, sin la cual continuaría inválido su matrimonio, ya efectuado en 1469. Las consecuencias políticas de la visita del cardenal legado, Rodrigo de Borja, se dejaron sentir inmediatamente. Tras ciertos titubeos suyos se declaró sin rebozo a favor de Isabel y su esposo; y según expresión del propio Fernando, escribiendo a su padre, afianzó con tanto empeño la corona de ambos “como si en ello hubiera de salvar su alma”. El legado consiguió por de pronto se diese el capelo cardenalicio al obispo de Sigüenza, don Pedro González de Mendoza, cuya familia le había hospedado en Guadalajara durante varias semanas y hecho objeto de los más espléndidos agasajos. La lucha por esta suprema distinción eclesiástica fue grande en la Corte Real: los alfonsinos, con el arzobispo de Toledo a la cabeza y sus numerosos secuaces, pedíanla para un destacado miembro de los suyos y de la gran familia de los Acuña y Carrillos, o sea el de Burgos; los enriqueños, capitaneados por los Mendoza, la solicitaban para el que al fin la obtuvo, ganando por lo mismo en la corte un influjo de extrema importancia que se dejó sentir en lo sucesivo. Parece que también Isabel y Fernando habían favorecido esta candidatura, siendo ésta la causa del alejamiento que desde entonces les manifestaron el arzobispo de Toledo y su familia. Antes los Mendoza eran acérrimos partidarios de la Beltraneja; desde entonces lo fueron de Isabel y Fernando, en tanto que los antiguos defensores de Alfonso y su hermana Isabel pasaban al servicio de la Beltraneja.

         Aranda de Duero y toda la comarca viven momentos de rivalidades anteriormente a 1472. Tanto los partidarios de doña Isabel como los de doña Juana aspiraban por esta plaza situada en la encrucijada de los mejores caminos de Castilla, sobre todo de cara al reino de Aragón (Nota 2). Pero es a partir de 1472, fecha en que Aranda pasó al partido de la Princesa Isabel, cuando la lucha se hace más encarnizada. El pronunciamiento de la villa arandina por Isabel de Castilla tuvo gran resonancia en todo el reino y así lo hacen constar los historiadores y cronistas de la época (Nota 3). Aranda de Duero vive momentos de revueltas y de guerra civil. El que atizaba el fuego era don Diego de Zúñiga, conde de Miranda de Castañar, vecino de la villa arandina, el cual si antes había sido partidario de Aragón, en el momento presente era de los que acabando por reconocer por Princesa a doña Juana, la Beltraneja, movía en su favor la guerra por tierras de Aranda y Sepúlveda. Facciones y banderías a escala local y comarcal, indicio e imagen de lo que ocurría en todo el reino castellano. A mediados de 1473 se hacen dueños de la situación los partidarios de doña Isabel, al frente de los cuales están don Diego de Rojas, hijo del conde de Castro y hermano de Fernando de Rojas que estaba casado con doña Juana Manrique, que siempre fueron partidarios del bando aragonés, es decir de Fernando el Católico. El 4 de octubre de 1473 Isabel toma posesión solemne de la villa de Aranda de Duero. Llegó por la parte de Sepúlveda con gran acompañamiento de nobles castellanos, y saliéndole al encuentro el pueblo en masa a la otra parte de Allendeduero. Tomó posesión de la villa y en ella permaneció una temporada. En esta época reinaba ya la paz gracias a la actuación del Conde de Castro, período de paz que aprovecharía el belicoso y veleidoso arzobispo de Toledo, don Alfonso Carrillo Acuña, ahora partidario de los príncipes  Isabel y Fernando, para  convocar un concilio provincial de su archidiócesis (Nota 4). Durante su estancia en la villa de Aranda ocurrieron otras grandes efemérides: a los pocos días recibía a los Procuradores de Vizcaya y confirmaba sus fueros.

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Cuadro de la Virgen de los Reyes Católicos y rostro de la Reina Isabel del mismo cuadro         

           En el lapso de tiempo comprendido entre el mes de noviembre y el 5 de diciembre se desarrollaron los hechos del concilio arandino, que debido a las circunstancias hace pensar en su importancia en orden a la pacificación del Estado, mas nada se puede asegurar a tal respecto, ya que coincidió con una asamblea o congregación del clero. En Aranda de Duero no sólo se celebró esta asamblea para asuntos referentes al pago del subsidio pontifical y otros provechos del estado eclesiástico, sino que se tuvo con ocasión de la misma un concilio de la provincia eclesiástica de Toledo. Es indudable que el arzobispo de Toledo traía ya en su mano la clave de todo, el día que hizo su entrada en Aranda y con el objeto, pues, de disponer para este fin, al mismo tiempo que para cumplir la voluntad del cardenal Legado, Rodrigo de Borja, de reformar las estragadas costumbres de los clérigos y fieles, convocaría la asamblea del clero y el concilio provincial  retrasado por las circunstancias de los tiempos “y ahora que tenemos ocasión y Dios Omnipotente lo ha permitido, hagamos aquello que antes debíamos de haber hecho” según diría en su discurso de apertura en Gumiel de Izán (Nota 5). Por documentos externos al concilio sabemos que se dieron simultáneamente las dos reuniones. La asamblea del clero y el concilio provincial. Sin embargo es difícil deslindar los límites de ambas reuniones. De aquí que el padre Mariana afirmase que “un aire de misterio secreto rodeaba a aquellas asambleas”, cuyas finalidades no son fáciles de definir.

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Obispo Carrillo ( Sala Capitular Catedral de Toledo)

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Cardenal Mendoza (Ayuntamiento de Guadalajara)      

           Después de las exhortaciones del arzobispo de Toledo, don Alfonso Carrillo y Acuña, una en Gumiel de Izán y otra en la iglesia de S. Juan Bautista de Aranda de Duero, los Padres Conciliares fueron dictaminando muy santos y bien sazonados decretos o cánones que abarcan los puntos principales de la vida cristiana y en cada uno de ellos, antes de establecer la pena asignada a los posibles infractores, aparece una exposición detenida de los motivos que dan lugar al precepto y a las sanciones. Los veintinueve cánones están precedidos de un prefacio en el que se nos dice el motivo por el cual ha sido necesario promulgar nuevas leyes: Reprimir las malas inclinaciones de la naturaleza humana. Se lamenta el que no se haya celebrado los concilios en las diócesis como estaba mandado. Y piden a Nuestro Señor, a pesar de los tiempos desastrosos, ayuda para poder llevar a cabo el concilio.

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Iglesia de Santa María (Gumiel de Izán)         

          Un autor moderno sintetizará con cierta crítica irónica el contenido de los veintinueve cánones de la siguiente manera. Durante el concilio se criticaron los disolutos hábitos cotidianos de muchos clérigos seculares, su tortuosa moralidad y su predisponibilidad a revolcarse en todo tipo de tentaciones. En la sede primada fueron publicadas las constituciones que ilustran a la perfección por dónde iban los tiros en materia de asuntos doctrinales: obligaban a los sacerdotes a celebrar un mínimo de cuatro veces al año, les prohibía el uso de ropas de seda, encarnadas, verdes y de zapatos blancos, desterraba el juego de dados y el disfrute de concubinas, proscribía a todo clérigo el servir como hombre de armas al servicio de señores temporales y exigía el conocimiento del latín para cuantos aspirasen a ascender en el escalofón eclesiástico. También había ración para la feligresía pues sacralizaba las fiestas de guardar, censuraba las bodas ilícitas y las cuaresmales, además de prohibir las representaciones teatrales en las iglesias (Nota 6) y denegar la sepultura eclesiástica a los decesos en duelo y a los ladrones. En las constituciones conciliares se amenazaba con excomunión además a quienes se apropiaran de los diezmos -materia verdaderamente sagrada- o fortificaran los templos, muy seguros en caso de recibir la molesta visita de algún colaborador de impuestos tocado con mitra.

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         Iglesia de San Juan Bautista (Aranda de Duero)           

           Las constituciones o cánones fueron publicados en la iglesia de S. Juan Bautista de Aranda de Duero, en la sesión de clausura el 5 de diciembre de  1473. Estaban presentes los obispos de Segovia, don Juan Arias Dávila y Palencia, don Diego Hurtado de Mendoza, los Procuradores de las otras sedes sufragáneas y “otros muchos Obispos y Procuradores que se quisieron hallar presentes”, entre los cuales hay que destacar a don Luis de Acuña y Osorio, obispo de Burgos. Pero fueron muy significadas algunas ausencias: el cardenal Antonio Jacob Vernier o Veneris, obispo de Cuenca; don Pedro García de Montoya, obispo de Osma y el cardenal Pedro González de Mendoza, obispo de Sigüenza. A pesar del protagonismo alcanzado por el arzobispo Carrillo, el tiempo demostró cómo don Pedro González de Mendoza acabó por ser el verdadero depositario de la confianza real pues terminó ganando la partida.

          La divulgación de los cánones la debían hacer los obispos en término de dos meses, contados a partir de la promulgación. La manera de publicarlas serían en sus respectivos Sínodos, si les celebrasen y si no en las Catedrales. Empezarían a obligar a los cuarenta días de publicados en las cabezas de Arciprestazgo.

          El día de Navidad de 1473 lo celebraron Isabel y Fernando en Aranda de Duero. Beatriz de Bobadilla llegó a esta villa el día 27 de diciembre e invitó a Isabel y al arzobispo de Toledo, don Alfonso Carrillo, a trasladarse a la ciudad de Segovia. Al día siguiente cabalgaron fatigosamente,  sin que acompañase la estación y la larga jornada. Fernando estaba a la expectativa, y había abandonado Aranda y cabalgando hasta Sepúlveda y de allí a Turégano. La noche vieja de 1473 se la pasó a galope con los criados de Enrique IV, que le invitaron a dirigirse a Segovia. Entró en la ciudad el día de año nuevo de 1474. Allí encontró a Isabel y al arzobispo de Toledo que ya habían llegado el día 28 de diciembre del año anterior. "Tuvieron el Rey y la Reina de Sicilia la fiesta de Navidad del año MCCCC.LXXIII en la villa de Aranda de Duero: con el mayor contentamiento ... y el día de los Inocentes anduvieron desde Aranda hasta entrar en el alcaçar de Segovia". [Jerónimo ZURITA, Anales de la Corona de Aragón.Tomo IV, Zaragoza 1610, lib. XVIII, cap. 52]. "È dia de los Inocentes andovimos desde Aranda fasta entrar en el alcaçar, donde se aposentó la Senyora Princesa è yo". [Carta del arzobispo de Toledo don Alonso de Carrillo al rey don Juan II de Aragón, 1474. Antonio PAZ Y MELIÁ, El Cronista Alonso de Palencia. Madrid 1914, p. 157].

          Los veintinueve capítulos que comprenden las actas del concilio arandino constituyen un excelente programa de reforma. Se deduce que existía ya en el reino castellano un movimiento de renovación eclesiástica, un ansia de más cultura y pureza de costumbres, que llegarían a su pleno desarrollo una vez desaparecidos los bandos, divisiones e indisciplinas civiles del reino castellano. A partir de este concilio se despierta en España, tras un largo paréntesis, la institución eclesiástica de los sínodos. En él se manda que cada  dos años se convoque un concilio provincial y cada año un sínodo diocesano. El concilio arandino no trató de temas dogmáticos, pero su transcendencia radica en el comienzo de la reforma eclesiástica que otros concilios no harán sino repetir. Con el concilio continúa una serie de esfuerzos por dignificar la Iglesia española, cuyo ambicioso programa reformador, basado en concilios provinciales periódicos y reajuste de la disciplina del clero manifiesta el vigor misterioso y vivificante de la Iglesia. La importancia y transcendencia de Isabel de Castilla radica en que sería la persona privilegiada de la dinastía para llevar a buen término la reforma que se proponía el concilio metropolitano de Toledo.

 


NOTAS

1.-  Diario de Burgos, martes, 15  de septiembre de 1998 y El Día, lunes, 14 de septiembre de 1998.
2.-  La Grande Encyclopédie, tome III, Paris s. a.,  p. 54: “C’est un point stratégique important”.
3.- Per idem tempus Arundam ad Durium municipium pulcherrimum, quod erat decretum Ioannae Reginae sumptibus, pulsis, qui eiusdem Reginae nomine res administrabant, se quoque principibus dediderunt. Elio Antonio de Nebrija, Rerum a Ferdinando et Elisabe Hispaniarum felicissimis Regibus gestarum decades duas. Granatae 1545, lib. II, cap. III.
4.- Nos Alphonsus Carrillo miseratione Divina, Archiepiscopus Toletanus, Hispaniarum Primas, ac Regnorum Castellae major Cancellarius, Reverendos in Chisto Patres Dominos Episcopos Comprovinciales, et Suffraganeos nostros, ac nostrum, et eorum capitula, illorumque Venerabiles Procuratores ad oppidum hoc de Aranda nostrae Provinciae, et Oxomensis Dioecesis per nostras patentes litteras fecimus convocari, et una cum eisdem suffraganeis, ac in suorum capitulorum praesentia praedictorum, super morum reformatione, aliisque Dei cultum, et salutem tangentibus animarum, et Concilium Provinciale deliberamus celebrare.
5.- Desiderio desiderari, Reverendi Patres et Domini, vosque amici mei amantissimi hanc diem vobiscum agere, si temporum malitia, negotiorum ponderos occupatio, modica securitas rerum ac consensus majorum hoc idem concessissent. Nunc autem quia hora affuit, et Deus omnipotens hoc permisit, id  agemus quod antea facturi eramus.
6.- Quod non fiant in Ecclesiis repraesentationes  inhonestae, dum Divina aguntur. El presente canon 19 lo citan los autores como documento testimonio de la existencia de un teatro religioso y profano medieval en lengua castellana. Entre el Auto o Representación de los Reyes Magos y los dos cortos poemas dramáticos de Gómez Manrique media un vacío de dos siglos y medio que no se ha conservado pieza alguna teatral. [Véase J. L. ALBORG, Historia de la Literatura Española. Tomo I,  Edit. Gredos, Madrid 1975 p. 192.- F. LÁZARO CARRETER, Teatro Medieval. Edit. Castalia, Valencia 1970 p. 41].